

La medida, que fue impuesta por la autoridad migratoria de forma discrecional, está basada en el Artículo 2.2.1.13.2.2 del Decreto 1067 de 2015, el cual establece; "...el Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, o sus delegados, podrán expulsar a los extranjeros que a juicio de la autoridad migratoria, realicen actividades que atenten contra la seguridad nacional, el orden público, la salud pública, la tranquilidad social, la seguridad pública o cuando existan informaciones de inteligencia que indiquen que representa un riesgo para la seguridad nacional, el orden público, la seguridad pública, o latranquilidad social...".
1. La detención del ciudadano venezolano, contrario a lo que afirman algunos medios de comunicación, se dio, el día de ayer, al interior de la zona de emigración del Aeropuerto Internacional El Dorado, cuando el ciudadano extranjero pretendía viajar, en compañía de dos mujeres, hacia Caracas, haciendo escala en Ciudad de Panamá.