A partir de las 00:00 hrs del día 10 de febrero del presente año, a los ciudadanos nacionales de los países miembros del Espacio Schengen de la UE, que ingresen al país para permanencias de corta estancia, se les otorgará el Permiso de Ingreso y Permanencia PIP 5; lo anterior está contemplado en la Resolución 175 /16, que se adjunta, que fue publicada hoy en el Diario Oficial; allí se señala de manera taxativa cuales son estos países y de igual forma cuales son las actividades que esta ampliación de permiso les permite adelantar, que en general están relacionadas con los PIP2, PIP3, PIP5 y PIP6, todas ellas para adelantar labores no remuneradas. El tiempo a otorgar es de 90 días iniciales prorrogables por otros 90 como así se señala.
Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la planta de empleos de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.